Sección Sindical UGT de Banco Sabadell

 - Salud Laboral -

 

ASUNTO 2

PARTES DE ACCIDENTES 

 

El S.P. de Banco Sabadell, desde Enero de este año, ha eliminado de la información relativa a los accidentes laborales, que facilita a los Delegados de Prevención, lo concerniente a la DESCRIPCIÓN DE LA LESIÓN.

Se adjuntan copias de partes de accidentes, tanto de este años como del anterior 

Esta Representación Sindical ha manifestado su disconformidad con tal decisión, contestándole  el S.P., que se decidió en salvaguardando la intimidad de el trabajador accidentado. 

Como quiera que los Delegados de Prevención estamos sujetos al sigilo profesional establecido en el Art. 37 de LPRL, de acuerdo con lo previsto en el apartado 3 del articulo 65 del ET., no cabe esgrimir tal excusa por el Banco. 

Por contra el Empresario viene obligado a facilitar a los D.P. dicha información en aras a lo establecido en el Art. 36.2 párrafo c “ Ser informados ( los D.P ) por el empresario sobre los daños producidos en la salud de los trabajadores una vez que aquel hubiese tenido conocimiento de ellos .....” 

Así mismo en el Art. 39.2.d de LPRL sobre competencias y facultades del CESS ,  se dice “ conocer y analizar los daños producidos en la salud o integridad física de los trabajadores, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas al respecto.” 

De forma que la ausencia de esta capital información esta limitando gravemente las competencias del CESS, impidiendo la adopción de medidas correctoras .  

Además el Banco Sabadell esta vulnerando el licito conocimiento por parte de los D.P de la información reclamada.

Es por ellos que solicitamos de esa Inspección que inste a  B.S. a que desista de su postura obstruccionista y facilite completa la información de los partes de accidentes a los Delegados de Prevención.

Cerrar              

  IMPRIMIR DOCUMENTO