Sección
Sindical UGT de Banco Sabadell
-
Salud Laboral -
ASUNTO
2
PARTES DE ACCIDENTES
El S.P.
de Banco Sabadell, desde Enero de este año, ha eliminado de la
información relativa a los accidentes laborales, que facilita a los
Delegados de Prevención, lo concerniente a la DESCRIPCIÓN DE LA
LESIÓN.
Se
adjuntan copias de partes de accidentes, tanto de este años como del
anterior
Esta
Representación Sindical ha manifestado su disconformidad con tal
decisión, contestándole el S.P., que se decidió en salvaguardando la
intimidad de el trabajador accidentado.
Como
quiera que los Delegados de Prevención estamos sujetos al sigilo
profesional establecido en el Art. 37 de LPRL, de acuerdo con lo
previsto en el apartado 3 del articulo 65 del ET., no cabe esgrimir tal
excusa por el Banco.
Por
contra el Empresario viene obligado a facilitar a los D.P. dicha
información en aras a lo establecido en el Art. 36.2 párrafo c “
Ser informados ( los D.P ) por el empresario sobre los
daños producidos en la salud de los trabajadores una vez que aquel
hubiese tenido conocimiento de ellos .....”
Así
mismo en el Art. 39.2.d de LPRL sobre competencias y facultades del CESS
, se dice “ conocer y analizar los daños
producidos en la salud o integridad física de los trabajadores, al
objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas al
respecto.”
De
forma que la ausencia de esta capital información esta limitando
gravemente las competencias del CESS, impidiendo la adopción de medidas
correctoras .
Además
el Banco Sabadell esta vulnerando el licito conocimiento por parte de
los D.P de la información reclamada.
Es por
ellos que solicitamos de esa Inspección que inste a B.S. a que desista
de su postura obstruccionista y facilite completa la información de los
partes de accidentes a los Delegados de Prevención.
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